martes, 25 de octubre de 2011

Nuevas reformas procesales que afectan al proceso de Desahucio por falta de pago.

El próximo 1 de Noviembre entrará en vigor la Ley 37/2011, de 10 de Octubre de Medidas de Agilización Procesal (BOE núm. 245, de 11/10/2011), que introduce una vez más diversas modificaciones en las Leyes de Enjuiciamiento Civil, Enjuiciamiento Criminal y de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Las reformas más sustanciales son las correspondientes a la primera de ellas, afectando a 38 de sus artículos, entre los que se pueden destacar, respecto al desahucio, las siguientes:
  • Se extiende el sistema de juicio monitorio a los juicios de desahucio por falta de pago, con acumulación o no de reclamación de cantidad, de forma que tras la admisión de la demanda y previamente a la vista, se requerirá al demandado para que, en el término de 10 días desaloje el inmueble, pague o formule oposición a la demanda. En el supuesto que el demandado no atendiera el referido requerimiento, se dará por acabado el proceso y el demandante podrá solicitar directamente el lanzamiento judicial en la fecha prevista inicialmente en el requerimiento. Con ello se pretende evitar que tinga lugar la innecesaria vista de juicio (Art. 440.3 y 4 LEC).

  • Se excluye el recurso de apelación en los juicios verbales por razón de cuantía, cuando ésta no supere los 3.000€, limitando así el uso de instancias judiciales según relevancia económica (Art. 455.1 LEC).

  • Se suprime el trámite de preparación del recurso de apelación, de forma que el recurso se interpondrá ante el Tribunal directamente en el término de veinte días desde la fecha siguiente a la notificación de la resolución judicial que se impugne (Art. 458 LEC). Así mismo, se suprime también dicho trámite en los Recursos Extraordinarios por Infracción Procesal y de Casación (Art. 470 y 479 LEC). El Recurso de Casación procederá siempre que la cuantía del proceso exceda de 600.000 €, en lugar de 150.000 € como hasta ahora (Art. 577.2 LEC).

  • Las tercerías de dominio y de mejor derecho se sustanciarán por los trámites del juicio verbal, en lugar de por el juicio ordinario (Art. 599 LEC); lo que reduce el tiempo del proceso considerablemente.

  • Respecto al proceso monitorio, la única modificación que se introduce es que se podrá acudir al mismo en reclamación de cualquier importe, cuando antes no se permitía si excedía de 250.000 € (Art. 812.1 LEC).
Finalmente señalar que los procesos que se encuentren en trámite cuando la presente reforma entre en vigor, se continuarán rigiendo por las normas procesales anteriores hasta que recaiga Sentencia.

lunes, 12 de septiembre de 2011

Escandalosa "compra" de Nueva Rumasa

Back in Business tiene 3.000 euros de capital y fue creada hace seis meses. Sociedad que anunció ayer la compra de empresas del grupo Nueva Rumasa, propiedad de la familia Ruiz-Mateos y que actualmente están en concurso de acreedores.

Afirman haber adquirido las sociedades matrices que sustentan la actividad económica del grupo empresarial, culminando de esta manera una operación cuyas negociaciones se iniciaron hace cinco meses. Cinco meses de negociaciones desconocidos para las distintas Administraciones Concursales nombradas, como desconocidos para cada uno de los miles de afectados.

Ocultan el valor real de compra, no aclaran nada más sobre la transacción, y la familia Ruiz Mateos se presenta como víctima, obligados "a mal vender" el grupo "a precios irrisorios", insistiendo en valorar los activos "en unos 6.000 millones", una cifra que ningún técnico ha corroborado.

Lamentablemente quedan atrás las palabras y "compromiso moral" de José María Ruiz-Mateos hacia los inversores. 

Back in Business pertenece a este grupo especializado en liquidar sociedades en dificultades. Su propietario, Ángel de Cabo, es un empresario valenciano ligado a la construcción, habitual en procesos judiciales.

Afirma el nuevo propietario de Nueva Rumasa que las prioridades actuales son: "A corto plazo, tener claridad y transparencia con las distintas administraciones concursales, evitar el desmembramiento del grupo y alcanzar una sostenible vía de convenios que consoliden el futuro de las distintas compañías". Esto incluye "analizar todas las líneas de negocio y tomar las medidas necesarias con el fin de que las sociedades entren en valor y conseguir así la mayor satisfacción de sus acreedores". No obstante, cuando de Cabo adquirió Marsans realizó unas declaraciones similares y al final despidió a toda la plantilla.

Falta ver realmente la legitimidad y validez de dichas operaciones, una vez sean más transparentes y se den a conocer sus términos y condiciones, ya que cabe recordar que la familia Ruiz-Mateos ha sido apartada de la administración de la inmensa mayoría de las empresas del grupo, siendo ahora sus representantes los administradores concursales.

domingo, 31 de julio de 2011

Periodo vacacional verano 2011

Les informamos que en este mes de agosto el despacho cerrará por periodo vacacional, volviendo a encontrarnos a su disposición el próximo 29 de agosto, del modo habitual.

Les deseamos buen verano,

Mireia San Nicolàs.

sábado, 9 de julio de 2011

Afectados Nueva Rumasa

Asesoramos de forma individualizada a los afectados por la situación de insolvencia de las empresas propiedad de la familia Ruiz Mateos, suscriptores de la emisión de pagares y participaciones.
Desde nuestro bufete, agrupamos los afectados de Nueva Rumasa en Cataluña, con el fin de minimizar los costes de reclamación para nuestros clientes.

Algunas de las empresas de Nueva Rumasa se han acogido a una situación de pre-concurso y otras como Dhul, Carsesa, Cacaolat y Clesa se hallan en situacion de concurso de acreedores ante diferentes Juzgados.

Ofrecemos visita individualizada y sin compromiso alguno para cada uno de los afectados que desee informarse y disfrutar de un asesoramiento jurídico integral, para así estudiar los contratos u obligaciones emitidas en cada caso y plantear las vías a seguir.